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Calatayud en una reunión bajo la presidencia de Pedro San Ginés

La fiesta de INALSA

Con Pedro San Ginés a los mandos, INALSA era una fiesta para su amigo sobrevenido, Ignacio Calatayud.

Tras la llegada de San Ginés Cobo Planas, el abogado contratado por el anterior equipo de gobierno para el procedimiento concursal de INALSA, presentó su dimisión y ese fue el momento elegido por San Ginés para contratar a su amigo.

INALSA perdía el respaldo de un prestigioso abogado, en ese momento magistrado en excedencia con un impresionante currículum, y lo sustituía con un abogado novicio, especializado en derecho tributario y sin ningún mérito más allá de su reconocida amistad con el entonces presidente. San Ginés puso en manos de un abogado sin experiencia el mayor proceso concursal de la historia de Lanzarote.

Aunque puedes ver detallado cada uno de los episodios de esta fiesta en su propia página, te ofrecemos este resumen para que dispongas de una visión de conjunto. Ahora, ponte cómodo, coge papel, lápiz y una calculadora que vamos a contarte lo que nos costó la fiesta.

 

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Calculando cuanto costó  la fiesta de INALSA

Dos contratos para Calatayud

San Ginés aceptó un primer presupuesto de Calatayud en enero de 2010 por casi 200.000 euros. Un contrato que incluía todo lo relacionado con el procedimiento concursal con cargo al cual se pagó una primera factura de 43.000 euros el dos de marzo de 2010, aceptada por los administradores concursales.

Pasado el tiempo,  los dos amigos se dieron cuenta de que era un error conformarse con 200.000 euros en un procedimiento en el que se gestionaba el pago de más de cuarenta millones de euros. Por otra parte, a San Ginés no le gustaba la idea de verse firmando un contrato con unos honorarios de mayor importe así que se impuso la creatividad: se aceptó un segundo presupuesto, sin haber anulado el primero, en el cual no se incluían los incidentes concursales.

Debieron pensar que se trataba de una jugada maestra, pero no cayeron en una cuestión fundamental: si excluían los incidentes concursales, Ignacio Calatayud no podía intervenir en ellos, salvo que se le designara expresamente, cosa que nunca se hizo.

Sin embargo, sin que existiera designación, sin que se llevara a cabo ningún procedimiento de contratación, sin que exista ni un solo expediente ni presupuesto, Calatayud se personó, al menos, en seis de los más de veinte incidentes que se sustanciaron a lo largo del proceso concursal, una circunstancia de extrema gravedad puesto que ha ejercido la representación de la mercantil sin que existiera designación expresa para ello pudiendo justificar su actuación tan solo en supuestos contratos verbales.

Existe además otra cuestión que probablemente se resolverá en los tribunales: Si se excluían los incidentes concursales, ¿para qué se le contrató?

En la fase común del procedimiento concursal, la primera, el principal objetivo es determinar el activo y el pasivo de la empresa concursada y esa tarea la realizan los administradores concursales. Tan solo si se producen diferencias de criterio se abren incidentes, para dirimir de manera separada esos conflictos, y es ahí donde la empresa necesita estar representada para, en ocasiones, sumarse a los administradores frente a un determinado acreedor o para oponerse a alguna de las decisiones de los mismos. Es decir, durante la fase común del procedimiento concursal la empresa necesita un abogado que la represente precisamente para personarse en los incidentes concursales...y San Ginés los excluyó del contrato de su amigo.

El tercer contrato

Terminada la fase común, toca ahora la fase de convenio que se había excluido expresamente del segundo contrato por lo que San Ginés acepta un nuevo presupuesto en el que, con una fórmula rocambolesca, termina garantizando a su amigo un mínimo de 64.500 euros (el 70% de lo cobrado en la primera fase).

Con posterioridad, Calatayud presenta un escrito en la que muy preocupado por la situación económica tanto de INALSA como del país, oferta reducir sus honorarios a 60.000 euros cuando en el primer presupuesto, el que si incluía todas las fase, los honorarios solo serían de 42.800 euros, incluido el IGIC.

Con esta jugada la segunda fase del convenio se encareció en un 50%, pasando de los 42.800 euros a los 64.200 a pesar de que, según su cínica oferta, había realizado una reducción en el precio.

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Juzgados de Arrecife

La Jura de Cuentas

En verano de 2019, Ignacio Calatayud se dirigió a la presidenta del Cabildo e INALSA para proponerle la firma de un convenio en el que, bajo la disculpa de cobrar el importe de una sentencia favorable, que INALSA iba a cobrar sí o sí, lo que pretendía era que se le autorizara a cobrar las costas del procedimiento a la empresa contraria, la UTE Edam-Janubio. 

Ante la falta de explicaciones convincentes se trató de localizar los antecedentes del procedimiento en las dependencias de INALSA y al constatar que no existía ningún tipo de encargo a Calatayud se le pidió, tanto a él como a los procuradores que habían intervenido, que expidieran copia de todo lo actuado. La respuesta de Ignacio Calatayud y los procuradores fue negativa, silencio absoluto por lo que la presidenta de INALSA puso en marcha un proceso de investigación interno.

La sorpresa fue que Calatayud interpuso una Jura de Cuentas mediante la cual reclama a INALSA 82.000 euros, que ha de sumarse a los 156.000 euros ya cobrados por lo cual, los honorarios de Calatayud por el procedimiento concursal se elevarían a casi un cuarto de millón de euros (238.000€). 

Como se explica en la página dedicada a este asunto, la interposición de esta Jura de Cuentas puedo considerarse un intento de sortear la ley, al burlar los controles administrativos de la empresa pública.

Para conocer más en profundidad el caso, puedes consultar cada uno de los enlaces que figuran el el bloque El saqueo.